El presente documento resulta de aplicación, de forma independiente, a todxs lxs empleadxs de PIB Group España Correduria de Seguros y Reaseguros S.A.U, en adelante, indistintamente, “PIB Group España” o “la Compañía”, lo que a estos efectos incluye, a título enunciativo, pero no limitativo: lxs empleadxs fijxs y temporales -a jornada completa o parcial-; trabajadorxs en periodos de formación y el aprendizaje; voluntarixs; becarixs; directivxs y el resto de colaboradorxs con relación laboral o mercantil. En adelante, y a los únicos efectos del presente documento, “empleadxs”.
Los valores éticos son los principios esenciales y perdurables de una organización. Son aquellos valores irrenunciables y fundamentales que deben guiar todas nuestras acciones y comportamientos, y que forman la identidad de la organización.
La Dirección de la Compañía considera que la Integridad Corporativa, entendida como la observación sistemática de estrictos estándares de comportamiento ético en la empresa, constituye una fuente de creación de valor estable y un requisito indispensable para preservar la confianza de la sociedad en cualquier institución, protegiendo la reputación de la empresa en todos sus ámbitos.
En este sentido, el Código Ético de la Compañía representa una guía de actuación y comportamiento de obligado cumplimiento, que desarrolla los principios éticos básicos para que la actuación que se lleve a cabo en ejecución de actividades profesionales cumpla con los principios de legalidad, integridad y transparencia.
Este Código de Ético y de Conducta ha sido adaptado a los nuevos requisitos legales y en particular a la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, mediante la cual se reforma el anterior Código Penal de España. Además, se han tenido presentes tratados internacionales sobre derechos humanos, prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, anticorrupción y sostenibilidad.
Todo ello, con el objetivo de continuar fortaleciendo la concienciación de todos y cada uno de los profesionales que formamos parte de PIB Group España, en relación con el deber del fiel cumplimiento de las leyes vigentes y de las normas y principios éticos de nuestra sociedad.
El presente Código Ético y de Conducta ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la Compañía y su cumplimiento es exigible tanto al área de Dirección como a todxs lxs empleadxs que conforman la Compañía. Todxs están obligadxs a respetar los principios aquí recogidos y a cumplir los procedimientos internos para el mejor funcionamiento de la Compañía. En adelante el Código se referirá a todxs ellxs, indistintamente, como empleadxs con independencia de la posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su actividad.
Aunque, como es lógico, la responsabilidad incrementa a medida que aumenta el nivel jerárquico, el respeto y seguimiento de los principios y normas establecidos en este Código son, siempre y sin excepción, de obligado cumplimiento para todos los empleadxs de PIB Group España.
El incumplimiento de este puede tener graves consecuencias para la empresa, como sanciones, daños a la reputación, pérdida de clientxs y de la confianza del mercado, etc.
Las faltas graves al presente Código podrían dar lugar a medidas disciplinarias, que pueden desembocar en despidos y/o en acciones legales.
El contenido del Código prevalecerá sobre el de aquellas normas internas que pudieran contradecirlo, salvo que éstas establezcan requisitos de conducta más exigentes.
La aplicación del contenido del Código, en ningún caso, podrá dar lugar a la vulneración de las disposiciones legales aplicables.
De ser apreciada tal circunstancia, los contenidos del Código deberán ajustarse a lo previsto en dichas disposiciones legales.
Este Código de Conducta no pretende ser un manual exhaustivo que cubra todas y cada una de las posibles casuísticas o situaciones en las que pudiera verse envuelto un empleadx de PIB Group España. Se trata de una guía de actuación y comportamiento, cuyo objetivo fundamental es ayudar a tomar decisiones en base a los principios y normas aquí expresados.
La principal responsabilidad de la dirección de la Compañía es velar por la sostenibilidad de la entidad. Para ello, el primer nivel de dirección de la Compañía y todo su equipo directivo, serán modelo de referencia en su comportamiento y en el cumplimiento del Código, y pondrán todos los medios a su alcance para difundir los valores y principios de la Compañía, haciendo cumplir sin excepción las pautas de conducta contenidas en el mismo.
Cualquier duda que pueda surgir en relación con la interpretación del presente Código de Conducta, así como en la aplicación práctica del mismo, deberá consultarse al superior jerárquico inmediato o bien al Chief Compliance officer (CCO) que es el responsable de realizar el seguimiento y control de la adecuada aplicación del mismo.
Todxs lxs empleadxs de PIB Group España tienen el deber y la obligación de cumplir con los valores y principios éticos de este Código de Ético y de Conducta, así como con todas las normas que de él se deriven.
El Código será puesto a disposición del personal para que puedan conocerlo y plantear las cuestiones que su interpretación pudieran suscitarle.
Dicho Código no puede abarcar todas las situaciones posibles, por lo que es necesario hacer uso del buen criterio y la diligencia debida para diferenciar las conductas profesionales y correctas que requieren cada situación.
PIB Group España velará por la no aplicación de ningún tipo de castigo o represalia sobre ningún colaborador que, actuando con integridad, lealtad y de buena fe, haya denunciado ante el CCO cualquier comportamiento contrario a los valores y principios.
Todos los objetivos de negocio y acciones perseguidos deben ser coherentes con los valores básicos de la Compañía.
En su calidad de cimientos de los Principios Éticos, los valores básicos fomentan la confianza entre todos los grupos de interés, para ayudar a cumplir o incluso sobrepasar las expectativas.
El comportamiento empresarial y profesional de los que integran la Compañía, por lo tanto, debe atenerse a los siguientes principios que resultan claves en la cultura de esta:
En concreto, y por la especial regulación del sector en el que se desarrolla la actividad, se deberá cumplir de manera exhaustiva el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
Las actividades empresariales y profesionales de la Compañía y sus empleadxs y colaboradorxs se basan en el valor de la integridad y se desarrollan de acuerdo con los principios de honestidad, evitación de toda forma de corrupción y respeto a las circunstancias y necesidades particulares de todxs los sujetxs implicados en ellas. Tratamos a todas las personas de manera justa y honesta. Cumplimos todas las leyes aplicables, regulaciones y políticas internas.
En cuanto a nuestra específica actividad, no se permite ocultar información a un clientxx o posible clientx acerca de los productos que le son ofrecidos o que ha contratado.
Lxs profesionales que integramos PIB Group España, estamos sujetos a obligaciones y a deberes dentro de nuestro empeño profesional. Nuestras acciones y el modo en que actuamos inciden de forma directa en la reputación de la Compañía en los mercados y en la sociedad. Un comportamiento inadecuado o el quebranto de la ley por parte de cualquiera de nuestros colaboradorxs, puede producir un daño considerable o incluso irreparable a la imagen y reputación de nuestra organización. Es responsabilidad de todos y cada uno de nosotros mantener un comportamiento adecuado para promover la buena imagen y reputación de la Compañía en todas las comunidades y países en que está presente.
La Compañía promueve el desarrollo profesional y personal de todos sus empleadxs y colaboradorxs, asegurando la igualdad de oportunidades a través de sus políticas de actuación.
No se permite ningún tipo de discriminación en el ámbito laboral o profesional por motivos de edad, raza, sexo, o religión, opinión política, origen social, orientación sexual o discapacidad.
La Compañía apoya, y se compromete a seguir implantando y desarrollando, aquellas políticas que se encaminen a la integración laboral y a la promoción de oportunidades de empleo de las personas con discapacidad.
La Compañía se compromete a establecer una política efectiva de igualdad de oportunidades para que sus empleadxs desarrollen su actividad profesional sobre la base del principio de mérito. Las decisiones de promoción estarán basadas en circunstancias y valoraciones de carácter objetivo.
De igual forma la Compañía se compromete a mantener una política de inversión para el aprendizaje y la formación personal y profesional de sus empleadxs y colaboradorxs.
Los empleadxs respetarán y fomentarán la política de igualdad de oportunidades en su ámbito profesional, se comprometerán con su formación personal y continua, y apoyarán el aprendizaje personal y profesional de sus compañerxs.
Con carácter general, los procesos de selección de la Compañía serán abiertos, para que puedan acceder a ellos el mayor número de personas con la cualificación adecuada para cubrir el puesto de trabajo ofertado, y se desarrollarán de acuerdo con métodos objetivos de valoración que tomen en consideración, conforme a méritos acreditados y siempre bajo el principio de igualdad de oportunidades, la cualificación profesional y la capacidad de los candidatxs.
Las nuevas ofertas serán publicadas previamente de manera interna, para garantizar que puedan postular los empleadxs de la Compañía en igualdad de condiciones.
Las personas de quienes dependa, directa o indirectamente, la selección y/o contratación de personal, guiarán sus decisiones y actuaciones sin admitir la influencia de factores que pudieran alterar la objetividad de su juicio, conforme a los criterios establecidos en los procedimientos de selección y contratación de la Compañía.
Los empleadxs de la Compañía participarán en la definición de sus objetivos y tendrán conocimiento de las evaluaciones que se les realicen.
La Compañía garantiza a sus empleadxs un entorno libre de riesgos contra la salud en todas sus instalaciones. Este objetivo se atiende mediante la adopción de normas y procedimientos inspirados en las mejores prácticas internacionales en materia de salud laboral y prevención de riesgos laborales, adaptados a los requerimientos legales que, en cada caso, resulten de aplicación.
Todos los empleadxs son responsables de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad, aplicando las correspondientes normas y recomendaciones, con el objetivo de minimizar y prevenir los riesgos laborales.
La Compañía considera que, tanto el objetivo de preservar un clima laboral saludable como el de alcanzar ambientes profesionales de alta productividad, es incompatible con el consumo de sustancias psicotrópicas ilegales o el abuso del alcohol. El desempeño de funciones laborales bajo sus efectos será sancionado conforme a las normas aplicables (entre otras, las incluidas en el convenio colectivo de aplicación).
La Compañía informará puntual y periódicamente a sus empleadxs sobre las líneas maestras de su Plan estratégico y sobre la marcha de la Compañía
Todos lxs empleadxs de la Compañía deben actuar con un espíritu de colaboración, poniendo a disposición de las demás unidades y personas que integran la Compañía, los conocimientos o recursos que puedan facilitar la consecución de los objetivos e intereses de la Compañía.
Lxs empleadxs deben trabajar de forma eficiente y responsable durante la jornada laboral, rentabilizando el tiempo y los recursos que la empresa pone a su disposición, y tratando de aportar el máximo valor en todos los procesos en los que participan.
El personal de la Compañía está obligado a respetar la intimidad personal y familiar de todas las personas, tanto de lxs empleadxs de la entidad como de cualesquiera otras personas a cuyos datos tenga acceso derivado de la actividad profesional.
La utilización de los datos debe seguir los cauces generales establecidos, atendiendo a los principios generales de uso y cumplimiento de los procedimientos internos.
El cumplimiento de los procedimientos y manuales que se desarrollen en atención a la normativa protección de datos es obligatorio para el personal de la Compañía afectado por la misma.
La Compañía se compromete a solicitar y utilizar exclusivamente aquellos datos de lxs empleadxs y colaboradorxs, que fueren necesarios o cuya constancia fuese exigida por la normativa aplicable.
La Compañía tomará todas las medidas para preservar la confidencialidad de los datos de carácter personal de que disponga.
Lxs empleadxs que, por motivo del desempeño de su actividad profesional, tengan acceso a información de otrxs empleadxs o colaboradorxs respetarán y promoverán la de esta confidencialidad información y harán un uso responsable y profesional de la misma.
La Compañía respeta las comunicaciones personales de sus empleadxs y profesionales a través de Internet y demás medios de comunicación de acuerdo con la normativa interna relativa al uso de medios informáticos propiedad de la Compañía, no obstante, lxs empleadxs se comprometen a hacer un uso responsable de los medios de comunicación, y, en general, de cualesquiera otros medios que se pongan a su disposición.
En reconocimiento de la importancia de mantener un equilibrio saludable entre las responsabilidades personales y profesionales de nuestrxs empleadxs, la Compañía valora profundamente los beneficios que este equilibrio conlleva, tanto para el bienestar individual de lxs trabajadorxs como para el éxito y la sostenibilidad de la organización en su conjunto. Por lo tanto, la Compañía se compromete a fomentar medidas que faciliten la conciliación entre la vida laboral y personal de nuestros empleadxs.
Además, se promueve una cultura organizacional que reconozca y celebre la importancia de la conciliación entre la vida laboral y personal, fomentando una mentalidad de respeto mutuo y apoyo entre colegas. Al hacerlo, se aspira a cultivar un entorno de trabajo en el que lxs empleadxs se sientan valorados, motivados y capaces de alcanzar un equilibrio satisfactorio entre sus responsabilidades profesionales y personales.
El comportamiento del personal de la Compañía estará presidido por el respeto a lxs demás trabajadorxs y a tercerxs, sin que se encuentre permitido o amparado, de ningún modo, la falta de respeto o la actitud hostil hacia un tercero en el ámbito de la relación profesional.
En modo alguno las relaciones laborales, profesionales o contractuales establecidas por lxs empleadxs de la Compañía entre sí, o con otras personas, pueden ser utilizadas para propiciar situaciones de acoso o intimidación o cualquier otra que atente contra su dignidad personal o suponga su discriminación.
Se rechaza cualquier manifestación de violencia, acoso, abuso de autoridad y cualquier otro comportamiento que genere intimidación o desprecio hacia las personas.
La dignidad de las personas, así como la ausencia de discriminación personal y profesional, se configuran como dos principios fundamentales que han de regir el comportamiento de todo el personal de la Compañía.
La Compañía pone a disposición de sus empleadxs los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional y se compromete a facilitar los medios necesarios para la protección y salvaguarda de los mismos.
Lxs empleadxs no utilizarán dichos recursos para usos personales o extraprofesionales o para el desempeño de actividades que no estén relacionadas directamente con el interés de la Entidad, responsabilizándose asimismo de la protección de aquellos que le fueran confiados en relación con su trabajo, observando en su custodia el máximo cuidado.
Todos lxs empleadxs deben utilizar los recursos de la Compañía de forma responsable, eficiente y apropiada en el entorno de su actividad profesional. Asimismo, evitarán cualquier actuación, en especial actividades y gastos superfluos, que perjudiquen a la Entidad.
La Compañía limita la posibilidad de adquisición de bienes pertenecientes a su patrimonio empresarial por parte de los empleadxs, a aquellos casos en los que la transacción sea consecuencia de un proceso de oferta transparente, de carácter no limitado y en el que se apliquen criterios de adjudicación objetivos.
La Compañía es titular de la propiedad y de los derechos de uso y explotación de los programas y sistemas informáticos, equipos, productos, manuales, proyectos, estudios, informes y demás obras y derechos creados, desarrollados, perfeccionados o utilizados por sus empleadxs, en el marco de su actividad laboral.
Lxs profesionales respetarán el principio de confidencialidad en cuanto a las características de los derechos, licencias, datos, programas, sistemas y conocimientos tecnológicos, en general, cuya propiedad o derechos de explotación o de uso correspondan a la Compañía. En ningún caso harán uso de estos en provecho propio, salvo para su trabajo, ni los cederán, con o sin contraprestación, a terceros, incluso aun habiendo cesado su relación laboral.
Los empleadxs no explotarán, reproducirán, replicarán o cederán los sistemas y aplicaciones informáticas de la Compañía para finalidades ajenas a la misma. Así mismo, los empleadxs no instalarán o utilizarán en los equipos informáticos facilitados por la Entidad programas o aplicaciones cuya utilización sea ilegal o que puedan perjudicar o dañar los sistemas o perjudicar la imagen o los intereses de la Compañía, de lxs clientxs o de terceras personas.
Cuando lxs empeleadxs detecten un problema o tengan alguna preocupación/inquietud en relación con un determinado asunto, la deberán plantear internamente a través de los responsables de Departamento, de Recursos Humanos, o al Comité de Dirección de la Compañía.
Los profesionales, además de plantear sus dudas o presentar denuncias a través de los canales habituales, también disponen de un canal de denuncia confidencial que la Compañía pone a su disposición. Las denuncias que sean presentadas por este medio serán recibidas por el Chief of Legal and Compliance Officer.
La Compañía no tolerará ningún tipo de represalia contra aquellos empleadxs que planteen preocupaciones y denuncias de conductas ilícitas, de buena fe. Lxs empleadxs que promuevan la denuncia e información gozarán de total confidencialidad.
Lxs empleadxs no podrán desarrollar actividades externas, remuneradas o no, que pudiesen perjudicar o entrar en colisión con los intereses o imagen de la Compañía, por ello deberán evitar aquellas situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de la Compañía, y se abstendrán, por tanto, de representar a la Entidad o intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que directa o indirectamente él mismo o un pariente tuviera interés personal. De esta forma deberán actuar siempre en el cumplimiento de sus responsabilidades con absoluta lealtad.
No obstante, lo anterior, se reconoce y respeta la intervención de los empleadxs en actividades profesionales y empresariales distintas a las que desarrollan en la Compañía, siempre que sean legales y no entren en colisión con las responsabilidades que tienen como empleadxs. Por tanto, se entenderán comprendidas como actividades permitidas las siguientes:
Todas estas actividades no podrán limitar la disponibilidad o flexibilidad horaria requerida a determinadas funciones en la Compañía, ni suponer una merma a la eficiencia en el desempeño de estas.
Las situaciones susceptibles de ser consideradas como conflicto de intereses y no definidas anteriormente deberán ser comunicadas para su oportuna valoración al Chief of Legal and Compliance Officer.
Ningún empleadx podrá conceder, aprobar o ejercer influencia para que se aprueben financiaciones o negocios entre la Compañía, clientxs o proveedorxs con los que se encuentre vinculado personal o familiarmente, ni representar a la Compañía en transacciones u operaciones en las que sus intereses personales o familiares puedan colisionar con los intereses de la Compañía.
Desde PIB Group España, defendemos la honestidad del comercio y la transparencia de los mercados mediante la competencia justa, rechazando cualquier práctica corrupta. Competimos en base a la calidad y la innovación de nuestros productos y servicios; nunca ofreciendo a tercerxs -clientxs, proveedorxs, consultorxs, competidorxs o autoridades- beneficios o ventajas que sean inapropiados y cuyo objetivo sea la obtención de una posición ventajosa o improcedente en una transacción comercial o en el mercado, en general. Los activos de PIB Group España no pueden utilizarse para intentar influir en la voluntad de del receptor de los mismos.
En consecuencia, PIB Group España, prohíbe a todos sus colaboradorxs ofrecer, prometer, garantizar, entregar o autorizar la entrega de sobornos, ya sea mediante la entrega de dinero o de cualquier otro tipo de beneficio, ventaja o favor, de forma directa o indirecta -mediante consultorxs, agentes, socios o intermediarios en general- a clientxs, proveedorxs, socixs comerciales, funcionarixs públicxs o cualquier otra persona o entidad con la que PIB Group España mantenga o pueda mantener relaciones de cualquier tipo.
Igualmente, queda totalmente prohibido a todos lxs empleadxs de PIB Group España exigir, solicitar, aceptar, obtener o recibir sobornos o promesas de en forma de dinero u otro tipo de beneficio, ventaja o favor de cualquier persona o entidad, que pudieran influir de algún modo en su objetividad e imparcialidad o influir en sus decisiones profesionales. Sin embargo, esto no se aplicará cuando se trate de regalos u obsequios ocasionales cuyo valor sea simbólico, así como comidas o eventos a los que el colaborador esté invitado en el marco del normal desarrollo de una relación comercial, que sean habituales con las costumbres locales y que tengan un valor razonable. A estos efectos, son regalos u obsequios permitidos los que cumplan con las siguientes condiciones:
Cualquier beneficio, ventaja, regalo u obsequio, o cualquier otro tipo de atención ofrecida o recibida por lxs empleadxs de la Compañía, que no cumpla con las condiciones expuestas anteriormente, debe ser rechazada o devuelta y, en el caso de existir indicios claro de tratarse de un soborno, deberá ser denunciado ante el CCO.
Adicionalmente, en los casos en los que PIB Group España trabaje con consultores, agentes, intermediarios o socios comerciales, es preciso que éstos conozcan los valores y principios éticos de la Compañía en relación con las prácticas anticorrupción, así como las normas, y se sometan a ellas. Además, es responsabilidad de quien sea el encargado de firmar contratos de colaboración, evaluar previamente no solo la idoneidad profesional de dichos terceros, sino que también su reputación. En este sentido, se deberá contemplar la inclusión de cláusulas específicas y apropiadas en los mencionados contratos, con el objetivo de proteger a PIB Group España.
En línea con nuestros valores fundamentales de justicia e igualdad laboral, la Compañía se compromete a respetar plenamente la libertad de asociación y la negociación colectiva de sus trabajadorxs. Reconocemos el derecho de lxs empleadxs a asociarse libremente y a participar en actividades sindicales en el ejercicio de sus derechos laborales.
PIB Group España se compromete a mantener una actitud abierta y colaborativa hacia la representación de lxs trabajadorxs, reconociendo su importancia como parte integral del entorno laboral. Valoramos el diálogo constructivo y la negociación de buena fe como herramientas fundamentales para abordar las preocupaciones y necesidades de nuestros empleadxs.
Además, nos comprometemos a fomentar un ambiente de trabajo inclusivo y respetuoso, donde todas las voces sean escuchadas y consideradas en la toma de decisiones que afecten a lxs empleadxs. Esto implica establecer canales efectivos de comunicación y consulta con los representantes sindicales, así como garantizar la transparencia en nuestros procesos y políticas laborales.
Al mantener esta postura colaborativa, aspiramos a promover relaciones laborales armoniosas y constructivas, basadas en el respeto mutuo y la búsqueda de soluciones conjuntas para el beneficio de toda nuestra comunidad laboral.
Lxs empleadxs de la Compañía en el ejercicio de las competencias y actividades que tengan atribuidas mantendrán una conducta personal, comercial y profesional íntegra, con respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas del sector asegurador.
A estos efectos, y teniendo en cuenta que la normativa aplicable al sector de la mediación de seguros -así como la relativa a blanqueo de capitales y financiación del terrorismo-, obliga a las corredurías a acreditar el cumplimiento de sus empleadxs y directivxs de este requisito, todxs lxs empleadxs de la Compañía se comprometen a carecer de antecedentes penales por la comisión de delitos relativos al patrimonio, al orden socioeconómico, al ejercicio de actividades financieras, contra la Hacienda Pública, Seguridad Social, y la Administración Pública; y a no haber sido sancionados administrativamente en materia aseguradora, bancaria, mercado de valores, Hacienda Pública, de Seguridad Social, competencia desleal o abuso de mercado, movimiento de capitales, transacciones económicas con el exterior, blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y protección de consumidores y usuarios, por haber incurrido en infracciones tipificadas como muy graves o graves.
La Compañía y sus empleadxs basarán sus relaciones con sus clientxs, proveedorxs, competidorxs y socixs, así como con otros agentes del mercado en los principios de integridad, profesionalidad y transparencia, en los valores éticos contenidos en el Código y en las siguientes pautas de actuación:
La Compañía considera a lxs clientxs como centro de su actividad, al objeto de establecer relaciones duraderas con ellos basadas en la recíproca aportación de valor y en la mutua confianza.
La Compañía aporta valor mediante el asesoramiento profesionalizado y la innovación en la configuración y prestación eficiente de productos de seguros y servicios adaptados a las necesidades que, en cada momento, percibe de sus clientxs.
Los principios que deben regir y estar siempre presentes en nuestra relación con los clientxs son:
La Compañía se compromete de manera inquebrantable con la excelencia en la calidad de sus productos o servicios, así como con la mejora continua de sus procesos organizativos para garantizar una atención y servicio óptimos a sus clientxs.
Con el fin de cumplir este compromiso, la Compañía dedicará todos los recursos necesarios para alcanzar la excelencia en todos los aspectos de su operación. Esto implica una revisión constante de nuestros procesos y procedimientos, así como la implementación de medidas adecuadas para garantizar que nuestra política de calidad se integre y practique en todos los niveles de la organización.
En este contexto, es imperativo que todos lxs empleadxs y colaboradorxs se adhieran a estos principios de calidad. Se espera que cualquier preocupación, error u omisión que pueda afectar negativamente la experiencia de clientx sea comunicado de inmediato a los superiores jerárquicos pertinentes. Además, se establecerá un canal designado para reportar cualquier reclamación legal real o potencial, así como cualquier error, omisión o queja recibida. El objetivo es abordar estas cuestiones de manera rápida y efectiva, asegurando una resolución satisfactoria para todas las partes involucradas y preservando la reputación y la integridad de la Compañía.
La Compañía considera que uno de los elementos principales en los que se sustenta la confianza de sus clientxs lo constituye la apropiada salvaguarda de su información y la efectiva limitación de su uso conforme a lo previsto en las disposiciones legales que, en cada caso, resulten de aplicación.
Los datos no públicos en poder de la Compañía sobre clientxs, proveedorxs, empleadx o tercerxs tienen carácter confidencial y deben ser tratados cumpliendo los acuerdos contractuales de confidencialidad a los que se encuentren sometidos, y en todo caso, de acuerdo con la normativa de protección de datos vigente en lo que le fuese aplicable.
El personal que maneje datos de este tipo tiene la responsabilidad de otorgarles la custodia y el uso apropiado.
La información, no pública, de la que la Compañía dispone sobre sus clientxs y sus operaciones, tiene carácter confidencial. La Compañía ha adoptado normas y procedimientos para:
Lxs empleadxs, que por razón de su cargo o de su actividad profesional, dispongan o tengan acceso a información de clientxs, son responsables de su custodia y apropiado uso.
La información y documentación de la Compañía que no sea pública, se considera un activo fundamental, sin que esté permitida su apropiación por parte del personal de esta.
El deber de confidencialidad en aquel que haya tenido acceso a datos personales y/o información confidencial, subsistirá incluso cuando la relación laboral haya finalizado.
La Compañía adquiere el compromiso de facilitar a sus clientxs información oportuna, precisa y comprensible sobre sus operaciones, así como información clara y veraz sobre:
Lxs empleadxs de la Compañía debe respetar el principio de transparencia, y está obligado a velar por que ninguna actuación suya pueda ser susceptible de interpretarse como engaño en perjuicio de clientxs, proveedorxs o tercerxs, informando a quien esté interesado en concertar un seguro de las condiciones, cobertura y demás aspectos del contrato que a su juicio conviene suscribir.
El personal de la Compañía deberá abstenerse de concertar contratos en nombre de clientxs si previamente no ha recibido el mandato y el consentimiento de estos.
Cualquier reclamación de un clientx, una aseguradora o de un tercerx deberá ser tramitada de acuerdo al procedimiento interno, documentada y contestada en modo y forma adecuada por la persona u órgano designado al efecto. El objetivo de estas directrices es poder demostrar que anteponemos los intereses de lxs clientxs a los nuestros y actuamos con total profesionalidad.
Este compromiso requiere una especial diligencia en la actuación profesional de todas las personas con responsabilidad en el mantenimiento de los procesos y sistemas de información para la clientela, en la atención personal de sus solicitudes de información y en la resolución de sus reclamaciones.
El personal que gestione la presentación de ofertas en licitaciones, públicas o privadas, deberá abstenerse de cualquier tipo de conducta que pudiera ser entendida como una concertación de precios, ya sea con el propio licitador o con los terceros participantes.
La Compañía aplica criterios corporativamente establecidos que regulan la adquisición de bienes y servicios, así como la selección de colaboradorxs externos de manera que éstas se realicen conforme a los siguientes principios:
Se adecuarán, los procesos de selección de colaboradorxs externos, proveedores y suministradores, a criterios de objetividad, imparcialidad y se evitará cualquier conflicto de intereses o favoritismo en la selección de estos.
La Compañía promoverá, siempre que sea posible, la concurrencia de una pluralidad de colaboradorxs y proveedores de bienes y servicios cuyas características y condiciones ofertadas se ajusten, en cada momento, a las necesidades y requisitos de la Compañía.
Todos los empleadxs que participen en procesos de selección de proveedorxs y colaboradorxs externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios de calidad y coste, evitando la colisión de sus intereses personales con los de la Entidad.
Los precios, honorarios y las informaciones presentadas por los colaboradorxs, proveedorxs y suministradorxs en un proceso de selección serán tratados confidencialmente y no se revelarán a tercerxs, salvo consentimiento de los interesadxs y salvo los casos de obligación legal, o cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.
No obstante, lo anterior, cuando en algún proceso de negociación fuese necesario, sólo se daría a conocer a todos los ofertantes los precios de referencia sin identificación de las empresas titulares proveedoras.
Lxs empleadxs que, por su actividad, accedan a datos relativos a proveedores y suministradores, deberán mantener la confidencialidad de tales datos y dar cumplimiento a lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal, en la medida que resulte aplicable.
La Compañía se compromete a competir lealmente en los mercados en los que está presente, fomentando la libre competencia y cumpliendo con las disposiciones legales en vigor, lo que redunda en beneficio de lxs consumidorxs y en la eficiencia y competitividad de las empresas.
Las relaciones con las empresas competidoras habrá de ser leal y estar presidida por el principio del respeto hacia la actividad empresarial del tercero. El personal de la Compañía está obligado a velar por que se mantenga la confidencialidad de cualquier clase de información reservada o sensible de otras empresas, a las que haya tenido acceso de forma lícita y en el marco de negociaciones o relaciones empresariales.
La obtención de información de otros competidores o de cualquier tercero solo podrá realizarse por las vías estrictamente legales, no pudiendo hacer uso de información privilegiada.
Lxs empleadxs se abstendrán de realizar o promover cualquier actuación que pueda resultar contraria a la regulación en esta materia. Cualquier actuación que plantee algún tipo de duda a este respecto deberá ser consultada con el Comité de Dirección antes de ser llevada a cabo.
Ningún trabajador que se incorpore a la Compañía podrá utilizar documentación confidencial o secreta que haya podido obtener de sus anteriores empleos. Queda expresamente prohibido este uso ilícito de documentación ajena a la Compañía.
Los deberes de confidencialidad del personal de la Compañía subsistirán indefinidamente, aun cuando la relación laboral haya finalizado. Lxs empleadxs no podrán llevarse ningún tipo de información o documentación de la Compañía, incluida la que se encuentre en soporte informático, ni aportar o utilizar dicha información en interés de otra compañía.
El personal que gestione la presentación de ofertas en licitaciones, públicas o privadas, deberá abstenerse de cualquier tipo de conducta que pudiera ser entendida como una concertación de precios, ya sea con el propio licitador o con lxs tercerxs participantes.
En virtud de nuestras políticas internas y en estricta observancia de las leyes vigentes, queremos enfatizar que la realización de cualquier tipo de donación a los partidos políticos, así como a sus fundaciones o federaciones, en nombre de nuestra Compañía, está estrictamente prohibida. Este mandato incluye también la utilización de los fondos corporativos para financiar a cualquier partido político, incluso de manera indirecta.
Creemos firmemente en la importancia de mantener la imparcialidad y la transparencia en nuestras operaciones, y, por lo tanto, reafirmamos nuestro compromiso con la neutralidad política y el cumplimiento riguroso de las normativas establecidas para garantizar la integridad y la ética en todas nuestras actividades empresariales.»
Las relaciones con las autoridades, los Organismos reguladores y las Administraciones se someterán a los principios de cooperación y transparencia.
Con la finalidad de poder determinar la existencia de incompatibilidades, se informará al Chief of Legal and Compliance Officer previamente a la aceptación de cualquier cargo público.
Lxs empleadxs de la Compañía no deberán ofrecer, prometer, entregar cualquier tipo de obsequio o forma soborno o beneficio no justificado a funcionarios, autoridades, o comisión no justificada a tercerxs o a compañías aseguradoras. Los actos de soborno, los cuales se encuentran expresamente prohibidos y penados, incluyen el ofrecimiento o promesa, directo o indirecto, de cualquier tipo de ventaja o la utilización de cualquier instrumento para su encubrimiento.
No se ofrecerán ni entregarán regalos o atenciones a personas o instituciones con las que la Compañía tenga relación y que puedan influir de manera impropia en sus procesos de decisión o la propia relación. Tan sólo serán admisibles aquellos obsequios de cortesía social que formen parte de la política interna establecida al efecto, siempre de conformidad con la legislación vigente, y de las normas y procedimientos de la entidad potencialmente receptoras.
Lxs empleadxs de la Compañía que tenga relación con alguna autoridad o funcionarios públicos que pueda influir en algún aspecto de la sociedad, deberá evitar influir, aún de modo indirecto, en una eventual toma de decisión que afecte a la Compañía.
El cumplimiento de las obligaciones tributarias y los pagos a la seguridad social a los que venga obligada la Compañía se llevarán a cabo de un modo responsable, leal y adecuado a la legalidad vigente.
El personal de la Compañía está obligado a respetar los principios de claridad, transparencia y veracidad en su desempeño profesional. Se encuentra totalmente prohibida la falsificación, ocultación o simulación de datos, asientos contables, etc. que tengan como finalidad la elusión de pagos u obtención de ilícitos beneficios que causen un perjuicio a la Hacienda Pública, a la Seguridad Social o a cualquier acreedor.
La información económico-financiera de la Compañía deberá reflejar fielmente su realidad económica, financiera y patrimonial, acorde con los principios de contabilidad generalmente aceptados y las normas internacionales de información financiera que sean aplicables. A estos efectos, ningún profesional deberá ocultar o distorsionar la información de los registros e informes contables de la Compañía.
Lxs empleadxs de la Compañía responsable de la contabilidad y finanzas está obligado a cumplir de manera exhaustiva la normativa que afecta a los aspectos contables, financieros, económicos, tributarios, o cualquier otro que afecte a las declaraciones fiscales de la Compañía.
La Compañía, como sujeto obligado en la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, cuenta con los procedimientos y manuales referenciados en la normativa de prevención de blanqueo de capitales. La Compañía establece políticas para prevenir y evitar en el transcurso de sus operaciones la realización de pagos irregulares o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas.
El personal de la Compañía, a efectos de evitar incurrir en el riesgo de blanqueo de capitales, deberá actuar de acuerdo con los manuales, la formación y los procedimientos aprobados al efecto.
Desde PIB Group España, no facilitamos el blanqueo de dinero ni la financiación de actividades terroristas. Por este motivo, colaboramos con las autoridades competentes de cada país, en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación de actividades terroristas, aportando toda la información que nos soliciten de acuerdo con las normas y reglamentaciones legales vigentes en la materia, así como denunciando las operaciones sospechosas.
La Compañía, siguiendo las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/2010 de 28 de abril, ha implementado una serie de normas y procedimientos específicos para la prevención y detección de operaciones de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo de las sociedades de PIB Group España sujetas al blanqueo de capitales. Entre dichos procedimientos, destacamos:
La Compañía se compromete a una actuación socialmente responsable, orientada a generar riqueza para la sociedad en la que se desenvuelve, compatibilizando esta actuación con el necesario beneficio empresarial.
Los directivxs de la Compañía se comprometen a velar por la sostenibilidad de la empresa, primando este principio sobre el beneficio a corto plazo, así como a procurar el interés general por encima de sus intereses personales.
El compromiso de la Compañía con la sociedad se concreta en el desarrollo de patrocinios, mecenazgos y colaboraciones, que podrán canalizarse a través de acuerdos y asignación de recursos a organizaciones sociales e instituciones, de un modo coherente con la estrategia de la Entidad.
Igualmente, a través de la Compañía y de la colaboración voluntaria de sus empleadxs, se impulsarán y desarrollarán proyectos de contenido solidario.
La Compañía reconoce la importancia crítica de preservar y proteger nuestro medio ambiente en todas nuestras operaciones y actividades comerciales. Como parte de nuestro compromiso con la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental, nos comprometemos firmemente a adoptar prácticas empresariales que procuren el mayor respeto posible hacia el medio ambiente y a minimizar cualquier impacto negativo que nuestras actividades puedan tener en él.
Para lograr estos objetivos, la Compañía proporcionará a sus empleadxs los medios adecuados y la formación necesaria para promover la conciencia ambiental y la aplicación de prácticas sostenibles en todas las áreas de nuestra actividad.
Además, nos comprometemos a cumplir estrictamente con toda la legislación ambiental aplicable a nuestras operaciones, así como a promover activamente la adopción de buenas prácticas medioambientales entre nuestrxs empleadxs y otras partes interesadas con las que interactuamos. Esto implica no solo cumplir con las regulaciones existentes, sino también buscar constantemente oportunidades para mejorar nuestro desempeño ambiental y reducir nuestra huella ecológica.
Al asumir este compromiso, no solo buscamos proteger y preservar nuestro entorno natural para las generaciones futuras, sino también contribuir al bienestar de las comunidades en las que operamos y reforzar nuestra reputación como empresa socialmente responsable y comprometida con la sostenibilidad.
Como consecuencia del desarrollo de sus actividades empresariales, la Compañía obtiene de sus clientxs, empleadxs, colaboradorxs, proveedorxs y administradorxs, o de otras personas físicas con las que se relaciona, información de carácter personal, que considera privativa del individuo.
Al compromiso de confidencialidad reflejado en diferentes puntos del presente Código, la Compañía añade el establecimiento de un conjunto de normas y procedimientos específicos, establecidos en la política de Protección de datos, que han sido adoptados por la Compañía, con la finalidad de proteger y asegurar el tratamiento apropiado de los datos de carácter personal.
Dichas normas y procedimientos deberán ajustarse a lo establecido por los requerimientos legales que, en cada caso, resulten de aplicación.
Con independencia de las responsabilidades específicamente asignadas a determinadas áreas de la Compañía, en materia de seguridad de la información y de protección de datos de carácter personal, lxs empleadxs que, por razón de su cargo o de su actividad profesional, dispongan o tengan acceso a este tipo de datos, son responsables de su custodia y apropiado uso.
Como parte de nuestro compromiso con la transparencia y la integridad en la gestión financiera, la Compañía ha implementado procedimientos específicos diseñados para garantizar que nuestros estados financieros sean elaborados de manera precisa y en estricto cumplimiento con los principios y normas de valoración aplicables en cada momento.
En ningún caso se permitirá que ningún profesional de la Compañía oculte o distorsione la información económica o financiera de la empresa. Valoramos la transparencia y la honestidad en la presentación de la información financiera, y nos comprometemos a cumplir con los más altos estándares éticos y profesionales en todas nuestras actividades financieras y contables.
Para garantizar el cumplimiento de estos principios, fomentamos una cultura organizacional que promueva la rendición de cuentas y la responsabilidad en todos los niveles de la empresa.
En consonancia con nuestro compromiso con la transparencia y la responsabilidad hacia todas nuestras partes interesadas, la Compañía se compromete a proporcionar información veraz, pertinente y útil en todas sus comunicaciones, siguiendo el principio fundamental de la transparencia. Reconocemos la importancia de mantener informados a nuestros grupos de interés y al público en general sobre nuestra gestión, operaciones y resultados, garantizando que dicha información sea accesible y comprensible para todos.
Para cumplir con este compromiso, nos comprometemos a divulgar cualquier información, tanto interna como externa, de manera honesta y precisa, sin pretender confundir o engañar al receptor de la misma. Valoramos la integridad y la claridad en todas nuestras comunicaciones y nos esforzamos por asegurar que nuestras acciones y palabras reflejen nuestros valores y principios fundamentales.
En cuanto a nuestras relaciones con los medios de comunicación y los analistas financieros, nos comprometemos a canalizarlas a través de nuestra Secretaría de Presidencia. Esta centralización asegura la coherencia y consistencia en nuestras comunicaciones externas, así como la protección de la información confidencial y la gestión adecuada de las relaciones con los medios y lxs analistas.
Al adoptar estas prácticas, reafirmamos nuestro compromiso con la transparencia y la integridad en todas nuestras operaciones y comunicaciones, fortaleciendo así la confianza y la credibilidad de nuestra empresa ante todas nuestras partes interesadas.
La Compañía reconoce y respeta los derechos de propiedad intelectual de terceros como un principio fundamental en su ética empresarial. Por lo tanto, es responsabilidad de todo el personal de la empresa garantizar el respeto absoluto a estos derechos en el desempeño de su labor profesional.
En este sentido, lxs empleadxs se comprometen a no utilizar imágenes, textos o dibujos en la publicidad o documentos oficiales de la Compañía sin la correspondiente autorización del legítimo propietario. Esto implica realizar una debida diligencia para obtener los permisos necesarios antes de utilizar cualquier contenido protegido por derechos de autor o propiedad intelectual.
Además, está estrictamente prohibido utilizar marcas o logotipos en la publicidad o documentos oficiales de la Compañía sin haber obtenido previamente la autorización correspondiente o sin haber registrado estas marcas a nombre de la Compañía. Es fundamental verificar la existencia de derechos de propiedad industrial previos registrados a favor de terceros antes de utilizar cualquier marca o logotipo en nuestras comunicaciones.
Asimismo, nos comprometemos a garantizar que toda la publicidad realizada por la Compañía sea veraz y no contenga afirmaciones engañosas que puedan causar un perjuicio a lxs potenciales clientxs. Valoramos la honestidad y la transparencia en todas nuestras comunicaciones comerciales, y nos esforzamos por mantener la confianza y la credibilidad de nuestra marca ante el público.
Al adherirnos a estos principios, reafirmamos nuestro compromiso con la integridad y el respeto a los derechos de propiedad intelectual, asegurando así una conducta ética y responsable en todas nuestras actividades comerciales y de comunicación.
La Compañía reconoce la importancia de establecer estándares éticos y de conducta claros y coherentes para guiar las acciones de todxs sus empleadxs y colaboradorxs. En este sentido, es fundamental que todos los miembros de la organización estén plenamente informados y comprometidos con los principios y normas establecidos en nuestro Código Ético y de Conducta.
Con el fin de garantizar una comprensión amplia y una adhesión efectiva a estos principios, la Compañía se compromete a comunicar y difundir activamente el Código Ético y de Conducta entre todxs sus empleadxs y colaboradorxs. Esto incluye disponibilidad en formatos digitales accesibles a través de los canales de comunicación interna de la Compañía.
Además, nos comprometemos a asegurar que todos lxs empleadxs que se incorporen o pasen a formar parte de la Compañía reciban una copia del Código Ético y de Conducta y acepten expresamente los valores, principios y normas de actuación establecidos en el mismo. Esta aceptación explícita y formal garantiza que todos los miembros de nuestra organización estén plenamente comprometidos con los estándares éticos y de conducta que promovemos como empresa.
Al comunicar, difundir y hacer que el Código Ético y de Conducta sea de obligado cumplimiento para todxs nuestros empleadxs y colaboradorxs, reafirmamos nuestro compromiso con la integridad, la ética y la responsabilidad en todas nuestras operaciones y relaciones comerciales. Esto no solo fortalece nuestra cultura empresarial, sino que también contribuye a mantener la confianza y el respeto de nuestros stakeholders hacia la Compañía.
El seguimiento y control de la aplicación del Código Ético y de Conducta será competencia del Comité de Dirección de la Compañía, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otras áreas de la Compañía.
El Comité de Dirección, en lo que a este Código se refiere, velará por:
Cualquier modificación del Código requerirá la aprobación del Comité de Dirección de la Compañía. De igual forma, se tendrán en cuenta las sugerencias y propuestas que realicen lxs empleadxs y colaboradorxs y los compromisos adquiridos por la Compañía en materia de responsabilidad social y buen gobierno.
Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación del Código y sobre la aplicación de este deberá consultarse con el superior jerárquico inmediato. Si las circunstancias lo requieren, podrá acudirse al CCO.
Cualquier indicio de irregularidad o incumplimiento de las normas del Código deberá ser comunicada al superior jerárquicx inmediatx. Estx últimx deberá contactar con el Comité de Dirección de la empresa, que tomará las medidas que considere pertinentes al respecto.
Se garantizará la confidencialidad de la información facilitada, así como de la identidad de la persona informante. En cualquier caso, la Compañía se compromete a no adoptar ninguna represalia directa o indirecta, contra los profesionales que hubieran comunicado una supuesta irregularidad.
Cuando se determine por el Comité de Dirección que un profesional de la Compañía ha realizado actividades que contravengan lo establecido en el Código Ético y de Conducta, se aplicarán las medidas disciplinarias oportunas de conformidad con la gravedad de la conducta infringida y acorde a la normativa aplicable.
El no cumplimiento de cualquier norma por un empleadx podrá constituir razón suficiente para acciones disciplinarias, hasta e incluso la terminación de la relación laboral.
La Compañía ha establecido canales formales, para que todos lxs empleadxs o colaboradorxs puedan:
Para garantizar una cultura de cumplimiento y transparencia, la Compañía reconoce la importancia de establecer canales efectivos de comunicación y denuncia para que lxs empleadxs y colaboradorxs puedan plantear consultas y reportar posibles incumplimientos del Código Ético y de Conducta.
En este sentido, lxs empleadxs o colaboradorxs tienen la libertad y el deber de realizar consultas relacionadas con la interpretación o aplicación del Código Ético y de Conducta a su responsable directx. En caso de que la consulta requiera una atención especializada o un nivel superior de autoridad, también pueden dirigirse al CCO, quien está designado para supervisar el cumplimiento de las políticas éticas y legales de la empresa.
Además, si un empleadx detecta un posible incumplimiento del Código Ético y de Conducta, se le anima a reportarlo de inmediato. Esto se puede hacer directamente a su responsable directo, al CCO, o a través del canal de denuncias de la Compañía. Este canal de denuncias proporciona una vía confidencial y segura para informar sobre irregularidades éticas o conductas inapropiadas, garantizando la protección del denunciante y la adecuada investigación y respuesta por parte de la empresa.
Al establecer estos canales de comunicación y denuncia, la Compañía reafirma su compromiso con la transparencia, la responsabilidad y el respeto hacia todxs sus empleadxs y colaboradorxs. Estos mecanismos no solo permiten abordar rápidamente posibles problemas éticos, sino que también fomentan una cultura de confianza y colaboración en toda la organización.
Nº Versión | Fecha | Editor | Aprobado por: | Descripción del cambio |
1.0 | 31/05/20204 | Legal & Compliance | Chief Legal & Compliance Officer | Versión inicial |