¿Has oído hablar de la ley del impuesto de sucesiones? Cuando un ser querido fallece, además de recuerdos inolvidables, nos deja también un legado material que a algunos puede incluso cambiarles la vida.
Pero, al heredar bienes y derechos, nos encontramos también con una nueva obligación que mucha gente desconoce: hay que pagar este tributo.
¿Qué es el Impuesto sobre sucesiones y donaciones?
Cuando hablamos del Impuesto de Sucesiones y el Impuesto sobre Donaciones nos referimos a una deuda tributaria que, en España, debe pagar toda persona física que recibe bienes o dinero en una herencia o donación:
- Por un lado, el Impuesto de Sucesiones se aplica cuando una persona fallece y deja bienes y derechos a sus herederos, como casas, dinero o acciones. Para ellos supone un incremento patrimonial, por eso deben hacer frente al pago de este impuesto.
- Por otro lado, el Impuesto de Donaciones implica que, si recibes cualquier tipo de donación (en vida de la persona que lo concede, no tras su muerte), también debes pagar por ello.
¿Cuáles son las reglas y cuánto pagas? La cantidad puede variar por infinidad de factores. Cuánto vale lo que heredas, tu relación o grado de parentesco con el fallecido y las reglas específicas de cada comunidad autónoma son algunos de los más relevantes.
Por suerte, hay situaciones en las que la cuota se puede ver reducida. Por ejemplo, cuando recibimos la herencia de nuestros padres o cuando heredamos la casa en la que convivíamos con la persona fallecida, solemos disfrutar de bonificaciones o exenciones. ¡Pero también hay veces que este impuesto puede salirnos caro!
Pago del impuesto de sucesiones tras una herencia, ¿cómo y en qué momento se realiza?
Si eres el beneficiario de una herencia, te conviertes en el sujeto pasivo de esta deuda, por eso debes presentar el impuesto de sucesiones y pagarlo durante los seis meses posteriores al fallecimiento del causante. Eso sí, también se puede solicitar una prórroga de otros seis meses antes de que finalice el plazo inicial.
Por su parte, la presentación del impuesto de donaciones y su pago debe realizarse, como tarde, 30 días hábiles después de la fecha en la que se haya realizado la donación.
¿Cómo presentar el impuesto? En la oficina de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma en la que residía el fallecido o en la que se encuentran sus bienes.
Para abonar el impuesto de sucesiones, necesitarás la siguiente documentación:
- Certificado de defunción.
- Certificado de Actos de Última Voluntad y testamento, si están disponibles.
- Inventario de los bienes heredados.
- Documentación que acredite el valor de los bienes en el momento del fallecimiento.
¿Qué pasa si un heredero decide no pagar el impuesto de sucesiones?
Como venimos diciendo, es obligatorio pagar este impuesto tras recibir una herencia. Si un heredero decide no hacerlo, se tendrá que enfrentar a varias consecuencias legales y financieras. ¡Podría incluso no llegar a disfrutar de lo que ha recibido!
Hay varias posibilidades:
- Si el pago se realiza fuera del plazo establecido sin haber solicitado una prórroga, el heredero deberá asumir recargos y, posiblemente, intereses de demora.
- Si no realiza el pago de la deuda, estará incurriendo en una infracción tributaria leve, grave o muy grave, sujeta a sanciones variables.
- Si quiere renunciar a la herencia, debe hacerlo dentro de un plazo específico y antes de aceptar cualquier beneficio de la misma. Si no llega a tiempo, seguirá siendo el responsable del pago de este impuesto.
- Si nunca llega a pagarlo, la Administración Tributaria iniciará un procedimiento de apremio, que puede concluir en el embargo de bienes.
Además, para inscribir los bienes heredados en los registros correspondientes -como el Registro de la Propiedad en el caso de bienes inmuebles-, es necesario presentar el justificante de pago del impuesto de sucesiones. Sin este pago, no se puede formalizar la transmisión de la propiedad.
¿Cuál es la normativa aplicable en cada Comunidad Autónoma?
El marco general de este tributo viene establecido por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Pero, como ya hemos comentado, en nuestro país, las comunidades autónomas tienen competencias para regular ciertos aspectos de este impuesto. Por ejemplo, las deducciones, reducciones, tarifas y plazos. ¡Por eso la cantidad a pagar puede ser tan variable!
Madrid, por ejemplo, es una de las comunidades con ventajas más significativas, con una bonificación del 99% en la cuota tributaria para adquisiciones entre parientes directos.
¿Cómo te puede ayudar un seguro de vida a efectuar el pago de esta deuda tributaria?
Hay algo bastante interesante de lo que aún no hemos hablado: los seguros de vida pueden ser una herramienta muy efectiva para gestionar y planificar el pago del impuesto de sucesiones o, lo que es lo mismo, presentar la autoliquidación.
¿Por qué? Puesto que pueden aliviar la carga financiera que supone.
Y es que, al fallecer el asegurado, su póliza de vida puede proveer a los beneficiarios de liquidez inmediata. Este dinero puede llegar a estar exento de ser incluido en la base imponible del impuesto de sucesiones, lo que significa que no se consideraría parte de la herencia.
De este modo, puede usarse para pagar el impuesto sin tener que vernos obligados a vender otros activos importantes o con un gran valor sentimental.
De ahí que seleccionar cuidadosamente entre los mejores seguros de vida sea esencial. Para ello será mejor que cuentes con ayuda profesional, como la que podemos brindarte en PIB Group Iberia.
Como tu correduría de seguros de confianza, te guiaremos para que puedas hacer frente al proceso de autoliquidación del impuesto sobre sucesiones sin ninguna complicación. ¡Contacta con nosotros, no lo retrases más!